DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control No. 1 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley Declara Con Lugar el Recurso de Habeas Corpus intentado por interpuesta por los abogados defensores SAMUEL LOPEZ CASTILLO, JOSE LUIS ALTUVE y GREEMBERG CARRIDO, venezolanos, mayores de edad, de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 23, 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 1, 2 38 y 39 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, a favor del ciudadano JULIO CESAR GORDILLO GUTIERREZ, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 7.590.482. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Notifíquese de la Decisión al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico del Estado Lara y a las partes. Consúltese esta decisión a la Corte de Apelaciones de este Circ.....