Se DECLARA CON LUGAR LA APELACION interpuesta por el abogado HERMOGENES LEGON MORENO, apoderado del tercero opositor, ciudadano ANDRES MANUEL RAMIREZ MARTINEZ, ambos antes identificados, en contra de la Sentencia Interlocutoria de fecha 24 de Agosto de 2004, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En consecuencia SE REVOCA EL EMBARGO PREVENTIVO practicado sobre el vehículo 88KKAF Marca Ford, Modelo F-150 5. 4L AUT., AÑO 2000, color Blanco, Clase Camioneta, Tipo dic-Up, Uso Carga, propiedad del ciudadano ANDRES MANUEL RAMIREZ MARTINEZ. SE REVOCA LA SENTENCIA APELADA.
De conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de procedimiento Civil NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS al haber sido declarada con lugar la apelación cumplida por el Tercero opositor.