En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MAGALY FRANCISCA MELENDEZ DE PERAZA, en la persona de su Apoderado Judicial, Abogado AMALIO AVILA, contra el auto de fecha 16 de diciembre de 2010, en el juicio de COLOCACIÓN FAMILIAR, que siguen los ciudadanos SAMUEL ROMAN PERAZA MENDOZA, MAGLY FRANCISCA MELENDEZ DE PERAZA, Y ROSSANA COROMOTO GAVIDIA DE COLMENAREZ. Remítase el presente expediente al Tribunal de origen.