Con fundamento en lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud Colocación en Entidad de Atención presentada por la Directora de la Casa Hogar Santa María Goretti Rosario Rojas Sayago, titular de la cédula de identidad Nº V-27.178.547 en contra de la ciudadana Eleaned Karina Oropeza Dorantes, titular de la cedula de identidad Nº V-20.502.671. En consecuencia, se revoca la medida provisional de colocación en entidad de atención dictada en auto de fecha cinco (05) de agosto de 2013 por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este circuito judicial de protección y se ordena el reintegro de la niña a su familia de origen y su entrega a la madre, Eleaned Karina Oropeza Dorantes.