En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano REINALDO GARCIA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nro. 17.621.443 y de este domicilio contra la empresa MONTO SEGURIDAD C.A, y solidariamente conforme al artículo 151 de la LOTTT contra 1os accionistas ciudadanos HELY MONTIEL, DARCY TOVAR, CARLOS MONTIEL, ANGEL MONTI