Este tribunal declarar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, la INADMISIBILIDAD de la demanda por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por el ciudadano, JUAN DE LA CRUZ MENDOZA, Venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-6.647.150, contra CONDOMINIO LOS MANGOS. Así se decide.