En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ARGENIDAD DEL VALLE ARCIA DE DÍAZ, venezolana mayor de edad, Cédula de Identidad Nº 6.485.507 contra la ciudadana RUTH ZERPA domiciliada en la Urbanización Jacinto Lara, calle 21, casa Nº 4, diagonal al trailer de perros calientes llamado La Calle Ciega, Quibor, Estado Lara.