"...Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 08 al 15 y presentado por la ciudadana DIANA CAMAÑO, titular de la C.I. V-17.186.204, asistido por el Abogado MARCO OBELMEJIAS, IPSA Nº 199.120, en su carácter de parte oferida y la oferente CORAGERSE 2010, C.A., en la persona de su abogado NOSLEN TOVAR, IPSA Nº 112.059, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLIVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.18.497,45), la que es pagada mediante un cheque de la empresa emitido por el Banesco, Nº 21145024, de fecha 15-02-2016, a nombre del trabajador en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 133 de La Ley .....