Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la querella interpuesta por la ciudadana ALEYDIS VERÓNICA CARABALLO OVIEDO, asistida por la abogada ANGELA FERREIRA, ambas, suficientemente identificadas en la parte motiva del presente fallo, contra los actos administrativos contenidos en la Comunicación Nº 462/02 de fecha 31 de julio de 2002, suscrita por el ciudadano Alcalde del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Miranda y contra el Acuerdo de Cámara Municipal Nº 001-2002 publicado en la Gaceta Municipal Nº 013-2002, que sirvió de fundamento al acto de retiro.