Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de CURATELA intentado por la (el) ciudadana (o) OSCAR ENRIQUE DUDAMEL SEQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.583.811, y en consecuencia extinguida la instancia, pudiendo intentar la solicitud nuevamente pasados treinta (30) días siguientes a la decisión.