Este Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONFORME A ESA CONFESIÓN y a las pruebas que rielan en autos, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada por ELDEN RINCON ARRIECHI CI 13.352.446, contra LA EMPRESA FERRETODO CERRAJERIA C.A., representada por los ciudadanos PEDRO DOMINGO BRICEÑO C, ALIRIO JOSÉ BRICEÑO R Y VÍCTOR MANUEL SERRANO P.
SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada al pago de la cantidad de NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLIVARES CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.F 9.859,84), por los siguientes conceptos calculados conforme a los salarios basicos diarios expresados por la actora en su libelo, de los cuales el ultimo fue de Bs. 20.256,60, a los cuales se les adiciono las alícuotas de utilidades (15dias) y bono vacacional (7dias) para el calculo del salario integral (*Bs.21.662,78):
1. *Antigüedad+intereses 15-10-99 al 30-06-06 ............Bs.5.....