Por las razones expuestas, este Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley y el derecho declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la sustitución de patrono alegada por el apoderado judicial del ciudadano JUAN DEL CARMEN BARRIOS, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.763.333, en contra de AGROPECUARIA LAS SANTAS C.A. y LAS SANTAS UNIDAS S.N.C.