Este Juzgado Octavo Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer del juicio de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES intentado por la Abg. DIONNIS LEMUS Inpre 30.058 contra el ciudadano YOHAN ANDRES PARRA CI 17.228.825.
SEGUNDO: se REMITE al Juez de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Lara, a quien corresponda por Distribución, a los fines de la tramitación del presente proceso. LIBRESE OFICIO.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.