. Ahora bien, con respecto al daño material reconvenido, el mismo asciende a la cantidad de Bs. 2.718.059,00, siendo rechazado tal monto por la demandante-reconvenida pero no probando ésta nada al respecto. Por lo que este Tribunal, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la demanda intentada por la ciudadana MARÍA TERESA CHAVEZ DE FEBRES contra HYUN BAR MOTORS C.A., todos identificados, y en consecuencia, se condena en costas a la parte demandante, por haber resultado totalmente vencida en el juicio. Y asimismo en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la reconvención intentada por HYUN BAR MOTORS C.A. contra MARÍA TERESA CHAVEZ DE FEBRES todos identificados; en consecuencia, se condena al pago de Bs. 2.718.059,00 por daños materiales y a las costas a la parte demandante-reconvenida, y por cuanto la parte perdidosa citó en garantía a la empresa SEGUROS MERCANTIL C.A., quien habiendo sido citada legalmente no compareció a.....