DISPOSITIVO
	Como consecuencia de todos los razonamientos precedentes, este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley,                           con base en los artículos 115 y 116 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 311 del Código Orgánico Penal, ORDENA la devolución del vehículo descrito supra, al señor FRANCISCO JOSÉ BARRIOS VILORIA, su propietario,                    sin ninguna restricción y sin que tenga que pagar gastos de grúa o estacionamiento o guarda del automóvil. 
	Dada en su forma verbal en la Sala de Audiencias del Tribunal de Control                número 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en Trujillo, Estado Trujillo,                   a los ocho (8) días del mes de agosto de 2007, y redactada, firmada, sellada, publicada, leída  y  agregada  a  los  autos  en  su  versión  escrita,  el  diez  (10)  de  agosto  de   2007,                 
años 197° de la Independencia y 148°.....