DECISIÓN
Tomando en consideración todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la presente demanda de divorcio ordinario y en consecuencia se disuelve el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos Thais Noelys Ramos Nieves y Henri Darío Hernández Sánchez, antes identificados, en fecha veintiuno (21) de septiembre del año 2005, ante la Alcaldía del Municipio Veroes Santos Aguilar del Estado Yaracuy, quedando inserta bajo el Nº 32 en uno de los Libros de Matrimonios llevados por el Registro Civil del mencionado municipio.