DECISIÓN
UNICO: Por lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se declara INCOMPETENTE por el territorio para conocer del presente asunto y DECLINA la competencia al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia certificada por secretaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, y a los ordinales 3 y 9 del artículo 92 de la Ley del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN EL TOCUYO, a los diez (10) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016). Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
La Jueza;
Abog. Ana Cecilia Acosta Malavé
La Secretaria,
Abog. Aura Rosa Molina
En la misma fecha s.....