DECISION:
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 8, 27, 30, 365, y 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de obligación de manutención, efectuado en fecha 04 de octubre de 2012, por los ciudadanos FRANZULY DEL CARMEN AMARO CORDERO, y ADALBERTO ANTONIO AGUIRRE AROCHA ya identificados, en beneficio de las hijas IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES logrado en audiencia de mediación, por estar conforme a la Ley y no vulnerar derechos de las beneficiarias