En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la solicitud de revisión y ratificación de medidas de protección y seguridad presentada por el Abogado Amilcar Rafael Villavicencio López, en su carácter de Apoderado de la ciudadana OMAIRA MERCEDES UZCATEGUI MELENDEZ, plenamente identificado en autos, por no encontrarse vigente alguna medida de protección y seguridad para ser susceptible de revisión; después de la revisión minuciosa efectuada al presente Asunto, se pudo evidenciar que al declararse el Archivo Fiscal produjo el cese de las medidas de protección y seguridad aplicadas en su momento; y que al reaperturarse la investigación de la presente Causa, las mismas .....