Se concede permiso al adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), a la niña y al niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), para disfrutar el periodo de vacaciones navideñas comprendido desde el día diez (10) de diciembre de 2.012, hasta el día seis (06) de enero de 2.013, con la ciudadana Arelys Andrade Antequera, titular de la Cèdula de Identidad Nº 25.187.554, con motivo de las vacaciones navideñas, en el entendido que la niña deberá retornar a la casa hogar "María Goretti" ubicado en la calle Lara, casa Nº 4-62, Zona Colonial, de esta ciudad de Carora parroquia Trinidad Samuel del Municipio Torres, estado Lara, asimismo el adolescente y el niño deberán regresar a la Entidad de Atención en la Casa Hogar Niño Jesús de Aregue el día seis (06) de enero de 2.013.