Vista la diligencia de fecha nueve (09) de enero de 2007, presentada por el abogado en ejercicio Alfonso Rubio Machado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 19.450, actuando como apoderado judicial de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE PESCADORES Y TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA PESQUERA (FETRAPESCA), mediante la cual desistió del procedimiento con respecto a la empresa GLAFKI MARITIME COMPANY, pero a su vez insistió en la demanda contra el capitán del buque PLATE PRINCESS el ciudadano SUBRAMANIA BALAKRISHNA SUBRAMANIAN y su armador o propietario; este Tribunal, como quiera que la empresa GLAFKI MARITIME COMPANY, aparece como armador o propietario del mencionado buque en el auto de admisión de fecha tres (03) de junio de 1997, mal puede el diligenciante desistir y ratificar también la demanda contra el mismo sujeto pasivo de la acción, ya que proveer lo solicitado crearía en el presente procedimiento una falta de certeza jurídica; en consecuencia, este Tribunal niega la homologación del de.....