- V- DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERA: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el Ordinal 2º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, alegada por la abogada ZOILA MARIA ORTIZ MARTINEZ, apoderada Judicial de la parte demandada ciudadanos EDDUS MARXT PEREZ PEREZ Y TANIA HANOI NAVARRO MUJICA, todos identificados en autos.
SEGUNDA: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el Ordinal 11 del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, alegada por la abogada ZOILA MARIA ORTIZ MARTINEZ, apoderada Judicial de la parte demandada ciudadanos EDDUS MARXT PEREZ PEREZ Y TANIA HANOI NAVARRO MUJICA, todos identificados en autos.
TERCERO: Por la naturaleza del caso no hay condenatoria en costas.-
CUARTO: Por cuanto las sentencias interlocutorias así como las cuestiones previ.....