En el inicio de la Audiencia Preliminar anticipada solicitada por las partes, comparecen los actores representados por el Apoderado Judicial Abogado NELSON ROJAS VILLEGAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 31.431, , y por la otra, JUAN CARLOS ARJONA CHUECOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 36.553, con el carácter de apoderado de la demandada FABRICA DE VIDRIO LOS ANDES, C.A. (FAVIANCA),ofreciendo la demandada la cantidad de 13.866,67 para ser distribuida entre los demandantes, la parte actora acepto y el Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologo el acuerdo dandole efecto de cosa juzgada.