DISPOSITIVO
En virtud de las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fechas 14 y 21 de julio de 2015, por la abogada Nataly Hernández Moreno, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra el fallo proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 27 de abril de 2015, la cual queda confirmada en los términos expuestos en el presente fallo.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por Cobro de Bolívares interpuesta por la Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (SACVEN), contra la sociedad mercantil Taco Taco de Venezuela, C.A.
TERCERO: Se condena a la parte de.....