´ Así las cosas, se constata que la acumulación como institución procesal ha sido regulada para hacer efectivo los principios de celeridad y de economía procesal, así como el de evitar la expedición de fallos contradictorios; debiéndose cumplir a tales fines con los requisitos de procedencia que el legislador de forma expresa ha establecido, los cuales fueron anteriormente transcritos, en tal sentido, en consideración a tales disposiciones legales y Jurisprudenciales, este sentenciador observa que efectivamente por ante este juzgado con competencia agraria cursan expedientes de naturaleza posesoria signados con los números A- 0691-2.019 y A-0707-2020, el primeros de estos POR ACCIÓN POSESORIA POR PERTURBACIÓN A LA POSESIÓN AGRARIA, intentada por el ciudadano MOISÉS DE JESÚS ARAUJO ARAUJO, titular de la cedula de identidad número 25.485.558 en contra de MARIELA AÑEZ BARRIOS y JUNIOR OCTAVIO ARAUJO ÁÑEZ, titulares de la cedula de identidad numero números 10.915.861 y 27.151.238 respect.....