DISPOSITIVA
Es por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas que este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda el Archivo de las presentes Actuaciones, a favor de los ciudadanos José Luis Molina Paredes, titular de la cédula de identidad N° 12.047.429, residenciado en la Urbanización El Palmar, Edificio O apartamento O- 2-3, Cabudare Estado Lara y Carlos José Gimenez; titular de la cédula de identidad N° 12.249.030, domiciliado en la Avenida Circunvalación cruce con calle Capanaparo, Club Hípico las Trinitarias parcela A, casa N° 05; sin perjuicio de su reapertura cuando surjan nuevos elementos de convicción, previa actuación del Juez, de conformidad con lo previsto en los artículos 313 y 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se ordena el cese inmediato de las medidas de coerción que pesa sobre los referidos ciu.....