Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento de Colocación Familiar, intentado por el ciudadano FRANCISCO SOLANO PINEDA GARCIA en contra del ciudadano ALFREDO ENRIQUE SOLORZANO ARIAS, ya identificados, de conformidad con lo establecido en los artículos, 08 y 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente en concordancia con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente según lo dispuesto en el artículo 452 de la Ley Especial, y conforme a la protección de la Familia, a ser criado por su padre y madre, a que se mantenga el ambiente de crianza, de conformidad con los artículos 26, 27 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.