De las normativas precedentemente trascritas se infiere cuales son los actos administrativos impugnables en sede jurisdiccional, los requisitos a seguir para la interposición del Recurso Contencioso Tributario en la vía judicial, el lapso para su interposición y las causales de inadmisibilidad. Ahora bien, en el caso objeto de estudio se desprende que se trata de un acto administrativo de efectos particulares recurrible en vía jurisdiccional, impugnado ante la autoridad competente, dentro del lapso legalmente establecido, mediante escrito en el cual se funda, quedando demostrado la cualidad y el interés del recurrente, así como la persona que se presenta como apoderada judicial de la ciudadana Monika Hernandez Rojas, ciudadana Arelis Zorrilla Fonseca, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nros.15.367, según instrumento poder autenticado ante la Notaría Pública Primera de Acarigua Estado Portuguesa, en fecha 05 de octubre de 2007,bajo el Nº 46, Tomo 152 de los Libros de Autenticaciones l.....