D I S P O S I T I V O
En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los Estados, Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas, actuando como Tribunal de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Especial Agrario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar, el recurso de nulidad, propuesto por el ciudadano abogado OSWALDO FUENMAYOR FEO, en su carácter de co-apoderado judicial de la Sociedad Mercantil "AGROPECUARIA CHINEA ARRIBA C.A.", contra el acto administrativo dictado por el Instituto Nacional de Tierras, en sesión Nº ext. 630, de fecha 29 de agosto de 2.007, punto de cuenta Nº 128, mediante la cual acordó: 1) Declarar Ocioso el lote denominado "Chinea Arriba", ubicado en el Sector Paso de Orituco, Parroquia Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, constante de una supe.....