SE DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la Abg. María de los Ángeles González de Sánchez, en su condición de defensora del ciudadano Santiago Adolfo Villegas Delgado, ya que, la presunta violación del derecho constitucional alegada por la accionante CESO, cuando el Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 7 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 28 de Agosto del presente año, realizó la Audiencia de Presentación del ciudadano Santiago Adolfo Villegas Delgado, siendo esta la OMISIÓN a la que se le atribuía la violación de los derechos constitucionales, según lo manifestado por la accionante en su solicitud de amparo. Inadmisibilidad prevista en el numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales.