En virtud de las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 21 de septiembre de 2005, por la abogado en ejercicio SARA MARISOL MORLES VIZCAYA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.611 y de este domicilio, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio en Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 10 de agosto de 2005, en consecuencia se declara PRESCRITA LA ACCIÓN, y SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos JOSE DE LOS SANTOS ESCALONA y RAFAEL ANTONIO URANGA en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, en la persona de su Alcalde Abg. HENRY FALCÓN.
Se CONFIRMA el fallo recurrido en los términos arriba expuest.....