D I S P O S I T I V O
Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, La Jueza Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante, se justifica su incomparecencia a la audiencia preliminar de fecha 31 de agosto de 2021.
SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado de que la Jueza Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, fije la oportunidad para la realización de la audiencia preliminar.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dadas las características del fallo.