En fundamento a lo antes expuesto se declara SIN LUGAR la cuestión previa de falta de competencia opuesta por el demandado de autos y en consecuencia este Juzgado confirma su competencia para conocer del presente juicio. Y así se decide.-
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes
La Secretaria Accidental,
Abg. Zuleida Segovia Pérez
AGP/mtgh