Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por ASOCIACIÓN CIVIL CLUB CAMPESTRE PARACOTOS., domiciliada en el kilómetro 03, carretera Paracotos-Tacata, Paracotos, jurisdicción de la Parroquia Paracotos, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, protocolizada en la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda el 25 de Septiembre de 1978, bajo el Nº 58, Folio 229, Protocolo Primero, Tomo 4, y sus respectivos Estatutos Sociales agregados al cuaderno de comprobantes, bajo el Nº 882, folios 1202 al 1238 en la misma fechas, posteriormente modificados según documento protocolizado por ante la mencionada Oficina Subalterna de R.....