Vistas las pretensiones del actor, es importante señalar la incomparecencia del accionado a la audiencia preliminar, la omisión de presentar el escrito de contestación y la no comparecencia a la audiencia de juicio, lo que provoca la presunción de admisión sobre los hechos prevista en los artículos 131, 135 y 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por lo expuesto, este Juzgado procederá a dictar sentencia siguiendo los criterios de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, esto es, verificando que la pretensión no sea contraria a Derecho; con el examen de las pruebas y la aplicaciín delos principios que se desarrollan en el texto de la sentencia.