este Juzgado 14° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de l Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 ejusdem, por cuanto el salario indicado en el libelo es inferior a los tres salarios mínimos. En lo que respecta al litisconsorte LUIS ALTUVE HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 2.144.822, este Juzgado niega la petición de la parte demandada, por cuanto se encuentra presente, lo que significa que tiene interés en continuar con el presente juicio. No obstante, por cuanto compareció sin asistencia de abogado, este Juzgado no lleva a cabo la audiencia con respecto al referido trabajador, dada la garantía constitucional a la asistencia jurídica en cualquier estado y grado de la causa. Asimismo, la asistencia del referido trabajador a la audiencia en na.....