Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 24 de Noviembre de 2008, por la parte actora en contra de la sentencia dictada en fecha 13 de Noviembre del 2008, por el Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, se REVOCA la sentencia recurrida en todas sus partes y se ordena al Juzgado a quo fijar nueva oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
En consecuencia, se REVOCA la sentencia recurrida en todas sus partes y se ordena al Juzgado a quo a fijar nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, en el entendido de que las partes se encuentran a derecho de conformidad con el principio de la not.....