Se homologa el convenimiento realizado entre los ciudadanos NOHEMAR JOSE VILORIA ZAMBRANO Y MARGELIS KARINA VALIENTE BRICEÑO, ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Escuque del Estado Trujillo, habida cuenta que el padre convino en fecha 09-01-2007, el pago de OCHENTA Y OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 88.000,oo) quincenales, para un total de CIENTO SETENTA Y SEIS MIL BOLIVARES (Bs, 176.000,oo) mensuales, la cual será mediante consignación directa y esta sujeta al incremento automático previsto en el articulo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así mismo asume lo relativo a gastos por asistencia médica, y medicamentos en la oportunidad en que fueren necesarios; los gastos por ropa en los meses de Julio y Diciembre de cada año, los gastos relativos a cultura, recreación y deporte son asumidos por la ciudadana: MARGELIS KARINA VALIENTE BRICEÑO