DECLARA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 136, 137, 138, 253, 49, numerales 3 y 4, todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (GO Ext.2146 del 28.1.78), 8 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (Pacto de San José-GO. No. 31256 del 14.6.77), y 2 del Código Orgánico Procesal Penal, que es INCOMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto por la Abogada Lourdes Santamaría Pacheco, actuando con el carácter de Defensora del ciudadano NOUR HASSAN HAMMOUD KHALIL, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 03 de febrero de 2009, en virtud de la cual dejó sin efecto la audiencia oral fijada previamente, el 21 de enero de 2009, la cual se sustentó que era "a los fines de establecer el cumplimiento y el estado en que se en.....