Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Únicos y Universales Herederos del causante Pastor José Nelo, al ciudadano Pastor Antonio Nelo Álvarez, ya identificado, a sus hermanos Cesar Enrique Nelo Álvarez, Jurys Mary Nelo Álvarez, Álvaro José Nelo Álvarez, Yohenny del Carmen Nelo Álvarez, Yalimar Andreina Nelo Álvarez y Leidymar Carolina Nelo Gómez, titulares de la cédula de identidad Nº V- 14.842.907, 16.234.938. 17.941.843, 19.618.636, 25.144.465 y 25.501.784 y los adolescentes, (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), quienes concurrirán a la herencia dejada por el de cujus, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.