PRIMERO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación propuesta por la abogada SARAY UGEL GARRIDO, abogada en ejercicio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 31.952, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 15/11/2024, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial. Remítase a su tribunal de origen en la oportunidad procesal correspondiente.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 282 del Código Adjetivo Civil, no hay condenatoria en costas por no haber relación jurídica procesal.