Este Tribunal de Control Nº 11, DECIDE: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN en contra del ciudadano JOSE MANUEL ZAVARCE LOZADA, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.922.341; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la LORENNYS JACQUELINE LAMEDA PEREZ, C.I. V-13.180.462, declarándose en consecuencia, sin lugar los argumentos de la defensa.
SEGUNDO: Se admiten las pruebas presentadas por la Fiscalía del Ministerio Público, tales como el testimonio de la experta profesional Odaly Duque, y Lic Jorge Molina Experto Profesional Especialista II del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, de la víctima de autos la ciudadana LORENNYS JACQUELINE LAMEDA PEREZ, C.I. V-13.180.462, en su condición de víctima, por cuanto todas son lícitas, legales y pertinentes para el total esclarecimiento de los hechos denu.....