En base a las anteriores consideraciones, este Tribunal de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONVIERTE EN DIVORCIO la separación de cuerpos y Bienes solicitada, y en consecuencia se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos LENI CECILIA QUINTANA QUIÑONES y LUIS JOSE TOLEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 7.382.474 y Nº 9.117.292, respectivamente, en fecha 23 de Junio de 1993, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Autónomo Iribarren Estado Lara , inserta bajo el Nº 456, folio 118 Fte., del libro de Matrimonio llevados por ante ese despacho durante el año 1993.