DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada YELCAR ADONAY PÉREZ ÁLVAREZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 148.835, en su condición se Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil VARIEDADES JOY C.A., parte demandada, en contra de la decisión de fecha 01 de Diciembre del año 2016, dictada por el Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: Se ANULA la Audiencia Oral y todos las actuaciones subsiguientes a la misma, incluida las realizadas ante esta alzada, REPONIÉNDOSE la causa al estado que el Tribunal de Municipio que le corresponda conocer de la causa, vuelva a fijar la Audiencia Oral, la realice y decida conforme al debido proceso establec.....