En consecuencia, este Juzgado de los Municipios Rafael Rangel, Bolívar, Sucre, Miranda, La Ceiba, Andrés Bello y Monte Carmelo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la presente demanda de COBRO DE BOLIVARES (VIA ORDINARIA) Ut Supra, intentada por la ciudadana: ZAIDA COROMOTO TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.004.888, domiciliada en Valera Estado Trujillo, asistida por el Abogado en ejercicio Wuilmen José Marín Ferrer, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.475.694 e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 74.309, de igual domicilio; en contra del ciudadano: Ducles Ramón Lucena, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.665.007, respectivamente, domiciliado en la población de Betijoque Estado Trujillo.-
SEGUNDO: En consecuencia, se ordena .....