DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 28 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente, DECLARA:
1) PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE para conocer de la acción reivindicatoria planteada por los ciudadanos NIZAR ABOU ASSAF EID EL ASHKAR y JESUS EDUARDO DELASCIO MONTERO, actuando el primero en nombre propio y el segundo en su condición de Presidente y representante legal de la firma mercantil MIND E INVERSIONES, C.A., contra los ciudadanos IBRAHIM IBRAHIM DEBSIE y JOAO INACIO SANTOS DE CORTE, todos identificados.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo .....