DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento efectuado por el ciudadano ALZATE ARBELAEZ ALBERTO, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° 11.122.225, domiciliado en la avenida 6, entre calles 19 y 20 casa número 18-126 sector Las Acacias, Valera, Estado Trujillo.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: DÉJESE COPIA PARA EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 248 Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Cópiese. Dada, firmada y sellada en la sede del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Constitucional de la .....