Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad d e la Ley, EN PRIMER LUGAR; admite la acusación presentada por el Abogado LENIN TERAN, actuando con el carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público, contra el ciudadano MARCELO DE JESUS VIVAS ARAUJO, venezolano, mayor de edad, casado, cédula de identidad N° 4063359, de 56 años de edad, agricultor, hijo de María Ramona Araujo y Pablo Emilio Vivas, residenciado en la Urbanización San Rafael, bloque 10, apartamento 03-04, tercer piso, Valera estado Trujillo , por la comisión del Delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, dada la condición de hermanos de victima y victimario, en perjuicio de la ciudadana SORAYA COROMOTO VIVAS.....