Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la demanda de contenido patrimonial que por simulación de venta interpusieran conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, y medida cautelar de suspensión de efectos, las abogadas Laura Neri de Sousa Rodríguez y Katyan Josefina Bastardo Martínez, actuando la primera mencionada en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL, C.A., y la segunda nombrada, en su carácter de apoderada judicial del BANCO AGRÍCOLA DE VENEZUELA, C.A., contra la sociedad mercantil BIENES Y RAÍCES DE SEVILLA, C.A..