DISPOSITIVO.
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 192, 196 y 212 de la Ley de Tránsito Terrestre, DECLARA:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS intentada por los Abg. CESAR DAVID GONZALEZ CARDENAS y MIRLA LURIBETH LINAREZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo matriculas N° 207.967 y 212.849, actuando en su condición de apoderados judiciales del ciudadano BRUNO DE JESUS OLLARVE PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.073.978, domiciliado en la 2da avenida de Las Fuentes, estacionamiento Mi Tesoro, El Paraíso, Caracas, Distrito Capital, representación que consta de instrumento poder debidamente aute.....